RETENCIONES A APLICAR A PARTIR DEL 01.01.2024

 

A continuación, les detallamos un cuadro resumen con los porcentajes de retenciones de ingresos a cuenta, con el objeto de que conozcan esta información, tanto a la hora de emitir facturas a partir de la fecha indicada, como en los pagos a efectuar sujetos a retención:

CONCEPTO TIPO DE RETENCION
ARRENDAMIENTOS 19 %
PROFESIONALES 15 %
CAPITAL MOBILIARIO 19 %

ADMINISTRADORES

(será el 19 % cuando los rendimientos procedan de Entidades con cifra de negocios inferior a 100.000 euros anuales)

35 %

SECTOR COMERCIO / APERTURA EN DOMINGO / MES ENERO 2024

A Consellería de Economía, Industria e Innovación, publicó el viernes, día 6 de octubre de 2023, en el Diario Oficial de Galicia, la Orden de 27 de septiembre de 2023, por la que se establecen los domingos y festivos en los que se autoriza la apertura de establecimientos comerciales durante el año 2024. Así, para el mes de enero, podrán permanecer abiertos al público:

  • Domingo, 7 de enero de 2024.

FESTIVOS DE CONVENIO / MES DE ENERO

Los trabajadores que presten sus servicios en las empresas a las que le son de aplicación los siguientes Convenios Colectivos, disfrutarán de descanso, que se computará como de tiempo efectivo de trabajo, abonable y no recuperable, los días que se indican a continuación:

Convenio Colectivo Días
Oficinas y Despachos Pontevedra Tarde del 5 de enero

OTRAS CUESTIONES DE INTERÉS

SITUACIÓN ASIMILADA AL ALTA PARA TRABAJADORES DESPLAZADOS EN EL EXTRANJERO

El pasado 1 de noviembre de 2023, entró en vigor la Orden ISM/835/2023 que regula la situación asimilada a la de alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras desplazadas en el extranjero al servicio de empresas que ejercen sus actividades en territorio español.

ACTUALIZACIÓN PARA EL AÑO 2024 DEL MECANISMO DE EQUIDAD INTERGENERACIONAL (MEI)

En enero de 2023 y a lo largo de 10 años, se fijó una cotización adicional finalista que nutrirá el Fondo de Reserva de la Seguridad Social manteniéndose hasta el año 2032.

El MEI para el año 2024 se incrementará hasta un 0,7% de cotización, distribuido a razón de un 0,58% a cargo de la empresa y un 0,12% a cargo del trabajador.           

EXONERACIÓN DE CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL A PARTIR DE LA EDAD DE JUBILACIÓN

En el Régimen General de la Seguridad Social se establece la exoneración de cotizar por contingencias comunes, excepto por incapacidad temporal, a partir del cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación. Esta exención en la cotización comprenderá las aportaciones por desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional.

Asimismo, los trabajadores encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, disfrutarán de las mismas exoneraciones al alcanzar la edad ordinaria de jubilación, quedando obligados a cotizar únicamente por incapacidad temporal y por contingencias profesionales.

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