¡IMPORTANTE! ------ PLAN DE IGUALDAD

Les recordamos que, según lo establecido en el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, las empresas que estén obligadas legal o convencionalmente a contar con el correspondiente plan de igualdad, de acuerdo con la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y no cuenten con él, a partir del 1 de septiembre de 2023 no podrán beneficiarse de ninguna bonificación a la contratación laboral.

Asimismo, para el caso de las reducciones de cuotas establecidas en el art. 144.4 LGSS respecto de los trabajadores con 62 años en situación de incapacidad temporal, éstas no se aplicarán en aquellas empresas que, estando obligadas legal o convencionalmente a tener un plan de igualdad, no cuenten con él a esta fecha.

Este requisito se entenderá cumplido con la inscripción obligatoria en registro público de conformidad con lo previsto en el art. 11 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad.

PRÓXIMOS VENCIMIENTOS DE IMPUESTOS

MODELO IMPUESTO VENCIMIENTO
111 Declaración de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos de trabajo 3T/2023.

Hasta el 20 de octubre

115 Declaración de Retenciones por rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos 3T/2023.
123 Declaración de retenciones sobre los rendimientos del capital mobiliario 3T/2023.
130 y 131 Pagos fraccionados a cuenta del I.R.P.F., actividades empresariales y profesionales   3T/2023.

202

Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio en curso
303 Declaración trimestral del I.V.A. 3T/2023.

349

Declaración recapitulativa de operaciones con la Unión Europea 3T/2023.
102 Ingreso segundo plazo declaración anual de 2022, si se fraccionó el pago Hasta el 6 de noviembre
- Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) Hasta el 2 de noviembre
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

FESTIVOS DE CONVENIO / MES DE OCTUBRE

Los trabajadores que presten servicios en las empresas a las que le son de aplicación los siguientes Convenios Colectivos, disfrutarán del día de descanso que se detalla a continuación, este día se computará como de tiempo efectivo de trabajo, abonable y no recuperable.             

Convenio Día
Mármoles y Piedras – Pontevedra Viernes, 13 de octubre
Carpintería, ebanistería y actividades afines Viernes, 13 de octubre
Construcción - Pontevedra Viernes, 13 de octubre
Rematantes y Aserradores de Madera Viernes, 13 de octubre

CAMBIO HORARIO. - ORDEN PCM/186/2022, DE 11 DE MARZO, POR LA QUE SE PUBLICA EL CALENDARIO DEL PERÍODO DE LA HORA DE VERANO CORRESPONDIENTE A LOS AÑOS 2022 A 2026.

Les recordamos que el próximo domingo 29 de octubre, a las 3:00 horas de la madrugada (las 2:00 h. en Canarias) tendrá lugar la terminación del período de la hora de verano. En ese momento la hora oficial española se retrasará 60 minutos, por lo que ese día tendrá una duración oficial de 25 horas.

Equiparación de la jornada parcial con la completa a efectos del cómputo de la cotización para las pensiones

De acuerdo con la disposición final décima del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, a partir del 1 de octubre de 2023, entra en vigor la equiparación de la jornada completa y parcial, con la modificación del artículo 247 de la LGSS, quedando su nueva redacción:

Artículo 247. Cómputo de los periodos de cotización.

“A efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor se tendrán en cuenta los distintos períodos durante los cuales el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos”.

Esta medida no tiene efecto retroactivo.

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